Modificación del sistema de Pensiones no Contributivas para quienes cumplan 18 años de edad
A partir de la Resolución 93 de la Dirección Ejecutiva de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, las personas cuando cumplen 18 años de edad o se emancipan, recibirán una carta documento indicando que serán ellas las que cobrarán directamente las sumas de dinero de la pensión no contributiva, y a su vez la Dirección Nacional de Apoyos Económicos y Liquidaciones (Ex Pensiones), notificará al ANSES para que el Banco le pague a la persona con discapacidad, no pudiendo el banco en ningún momento decidir si le paga o no a la misma.
Este cambio que tiene como fundamento los artículos 75 inciso 22 y 23 de la Constitución Nacional, artículos 1,2, 12 y concordantes de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y artículos 1,2, y 43 del Código Civil y Comercial de la Nación, permitirán a las personas seguir percibiendo el beneficio del Estado Nacional, sin que la persona con discapacidad sea sometida a un proceso judicial.
También si la persona a partir de los 18 años de edad requiere de una pensión no contributiva, podrá concurrir con sus apoyos extrajudiciales a realizar el trámite, y lo novedoso de la Resolución es que coloca en los Agentes del Estado Nacional la obligación de la accesibilidad en la comunicación de la información.
En el caso que la persona con discapacidad se encontrare absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, medio o formato adecuado, y el sistema de apoyo resultare ineficaz, la Dirección Nacional de Apoyos Económicos y Liquidaciones (Ex Pensiones), comunicará dicha situación al Defensoría Federal de Menores e Incapaces para que estime las necesidades de protección que esta persona pudiera requerir.
Accedé a la Resolución completa haciendo click en el siguiente enlace https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228238/20200424