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La Corte rechazó la demanda de Farmacity para abrir en provincia de Buenos Aires

La empresa esperaba que se le permita operar en el distrito a pesar de que una ley prohibe farmacias a nombre de sociedades anónimas.

La Corte Suprema de la Nación rechazó este miércoles el reclamo presentado por la empresa Farmacity para instalarse en la provincia de Buenos Aires en contra de la normativa vigente, que prohibe farmacias a nombre de sociedades anónimas.

En este caso la composición del máximo tribunal fue distinto ya que participaron Martín Irurzun y Mirta Gladis Sotelo de Andreu porque Carlos Rosenkratz y Horacio Rosatti se excusaron.

Farmacity S.A. promovió demanda contra la Provincia de Buenos Aires con el objeto de obtener la declaración de nulidad de determinados actos por los cuales se le denegó una solicitud genérica para operar en el ámbito provincial.

El juez Irurzun, en voto concurrente, afirmó que las limitaciones impuestas para la habilitación del ejercicio de la actividad farmacéutica no conculcan los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional.

Los jueces Lorenzetti y Highton indicaron que la cuestión planteada no encuadra en las facultades que el ordenamiento jurídico vigente reconoce como exclusiva y excluyente del Congreso de la Nación y tampoco se trata de una materia expresamente vedada a la provincia, razón por la cual se trata de una competencia de incumbencia compartida y concurrente.

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