SAN NICOLÁS

Escapes ruidosos y multas que ascenderán desde $120.000 en adelante

El miércoles 7 de diciembre se aprobó por unanimidad en sesión extraordinaria un proyecto que modifica la ordenanza que regula los caños de escape ruidosos. De ahora en adelante, secuestrarán cualquier vehículo estacionado que no cumpla con el caño de escape reglamentario, siendo la multa mínima de $120.000. También secuestrarán vehículos estacionados.

La ordenanza en cuestión, la N°10.404 que fue aprobada en febrero de este año, busca regular aquellos vehículos que presentan una alteración antirreglamentaria en su estructura para generar ruidos o estruendos, circulando por fuera de los parámetros exigidos por las normas nacionales y provinciales, generando contaminación sonora y afectando el bienestar de la población en general.

Naranja X

La normativa prohíbe la circulación “con caño de escape libre o sin silenciador, con caño de escape no original, con escape modificado en su forma de fábrica con los llamados ‘sistemas expansivos’ utilizados para emitir ruidos fuertes y molestos o con cualquier accesorio colocado con aptitud para efectuarlos, y/o con silenciador defectuoso por su uso y/o desgaste que en razón de su estado deficiente no atenúe debidamente el ruido del motor”.

Por otro lado prohíbe la fabricación, comercialización o colocación de caños de escape libres (sin sordina), no originales, con instalador de corte o limitador de revoluciones por minuto orientados a producir contra explosiones, o intervenidos de cualquier forma para emitir ruidos fuertes o evitar la correcta atenuación del sonido del motor en todo el Partido de San Nicolás de los Arroyos.

La ordenanza anterior sigue en pie, pero con dos modificaciones: “En primera instancia, la ordenanza anterior determinaba que los vehículos secuestrados debían estar en circulación; ahora se podrá hacer, aunque estén aparcadas. El inspector deberá corroborar que el caño de escape sea libre o modificado y tendrá la autoridad de proceder a secuestrar el vehículo” explicó la Jueza de Convivencia y Faltas de San Nicolás, Marianela Lafratta.

Por otro lado, también elevamos las multas. Existen dos tipos de pagos, el mínimo y por sentencia. El pago mínimo, que es lo que deberías abonar para retirar la moto, por ejemplo, lo vamos a elevar a $120.000; le vamos a retener por un mes la licencia al conductor en infracción; y también vamos a volver a ir a los comercios a buscar estos caños de escape, si los encontramos, los vamos a decomisar y clausurar el local. En segunda instancia, si el juez lo cree pertinente y tiene lo argumentos necesarios, se podrá pedir la compactación inmediata de la moto que esté en falta. Digo moto porque suelen ser los vehículos que tienen esos caños de escape molestos”, agregó. Los agravantes pertinentes que se deberán tener en cuenta para pedir la compactación inmediata pueden ser si la persona es reincidente en la infracción; el lugar y la hora en la que se comete el hecho, por ejemplo, haciendo ruido en la puerta de un hospital o en un espacio público a las 3:00; si se escapa de un operativo, etc.

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