Últimos días para presentar deducciones del Impuesto a las Ganancias
El plazo vence el 31 de marzo. Cuáles son los gastos que pueden ser deducibles para achicar la base imponible final sobre la que se liquidará el impuesto, en esta nota.
El plazo para que empleados, jubilados o pensionados sujetos al régimen del Impuesto a las Ganancias informen las deducciones del último año en la página web de la AFIP vence el 31 de marzo.
El trámite para informar todas las deducciones permitidas por la ley se realiza para achicar la base imponible final sobre la que se liquidará el impuesto a las Ganancias.
Asimismo, en el mismo aplicativo se pueden cargar todas las percepciones sufridas por compras en el exterior con tarjeta, o compra de dólar ahorro, que hayan sufrido las percepciones del impuesto PAIS o llamado dólar Qatar.
El impuesto a las Ganancias es un impuesto anual, y que para los empleados o jubilados, se va practicando por parte del empleador una liquidación parcial mes a mes y reteniendo en base a una proyección de ingresos y deducciones (que se pueden ir cargando mensualmente a través del micrositio SIRADIG en la página de la AFIP).
Además de informar las deducciones del 2022, los contribuyentes también deben actualizar los datos para el 2023. Hay rubros que se informan por única vez a principio de año, como las cargas de familia. Respecto a esto, los hijos menores de 18 años o discapacitados y el cónyuge o conviviente sin ingresos propios quedan cargados de un año para el otro en el sistema, pero es importante confirmar que se mantiene dicha relación familiar para que sean computados al año siguiente.
Los gastos que pueden ser deducibles son los siguientes:
– Hijos menores de 18 años: para 2023, el monto es de $212.356,37
– Hijos incapacitados para el trabajo: para 2023, el monto es de $424.712,74
– Cónyuge o conviviente: para 2023, el valor es de $421.088,24.
– Servicio doméstico: para 2023, es de hasta $451.683,19
– Créditos hipotecarios: interés de las cuotas (vivienda única) hasta $20.000 anuales.
– Alquileres: para 2023 es el 40% del monto pagado hasta $451.683,19
– Seguros de retiro: hasta $42.921,24
– Seguros de vida (titular y familiares a cargo) de hasta $42.912,24.
– Gastos y honorarios médicos: de hasta el 40% de la factura
– Salud privada o medicina prepaga: hasta el 5% de ganancia neta del año. Se toma en cuenta lo pagado de forma voluntaria, no los aportes obligatorios y únicamente para familiares a cargo.
– Gastos de sepelio: monto de hasta $996,23 anuales por personas incluidas como carga de familia.
– Viáticos: hasta $451.683,19 anuales para viajes de larga distancia y $180.673,28 anuales para aquellos de corta distancia en 2023. Para este último tipo de viajes, en 2022, el tope máximo era de $101.025,94.
– Indumentaria y equipamiento
– Guardería: reintegro de estos gastos cuando la empresa no cuente con las instalaciones correspondientes según la ley 20.744, para hijos de hasta 3 años. El tope máximo es de $180.673,28 para 2023.
– Gastos educativos: el monto es de hasta $180.673,28 para hijos de hasta 24 años. Para 2022, el monto era de $101.025,94.
– Aportes jubilatorios, en caso de que sean voluntarios.
– Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
– Impuesto a los débitos y créditos.
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