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¡Oficial! Salarios de hasta $880.000 exentos de Ganancias en el aguinaldo

Medida establece exención de impuestos para salarios más altos en Argentina

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El Gobierno ha formalizado la decisión de eximir el medio aguinaldo del impuesto a las Ganancias para los salarios brutos de hasta $ 880.000, mediante el decreto 316/2023, publicado en el Boletín Oficial el viernes pasado. Esta medida, que estará en efecto durante el período fiscal 2023, establece que las remuneraciones o haberes brutos exentos del gravamen en el caso del sueldo anual complementario serán de hasta $ 880.000 mensuales.

Según lo estipulado en el decreto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encargará de reembolsar las sumas retenidas en exceso durante el año fiscal 2023. Para ello, se deberá elaborar una liquidación adicional para calcular dichas sumas y proceder a su reintegro en dos cuotas mensuales, consecutivas e iguales, junto con el pago de las remuneraciones devengadas en junio y julio de 2023.

Las autoridades han establecido que los recibos de sueldo deben reflejar el beneficio de esta medida, indicando la exención del Impuesto a las Ganancias para el Sueldo Anual Complementario 2023.

Ley de impuesto a las ganancias decreto 316/2023

Esta elevación del tope beneficiará a 513.000 trabajadores en relación de dependencia que anteriormente estaban sujetos a este impuesto. Se estima que, como resultado, el 95% de los trabajadores no pagarán impuesto a las Ganancias sobre su medio aguinaldo.

Según información proporcionada por el Ministerio de Economía, el incremento promedio en el bolsillo de los empleados será de $ 112.600. El ministro de Economía, Sergio Massa, señaló que, en el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se calculará mensualmente y se devolverá en dos cuotas mensuales, consecutivas e iguales, junto con el pago de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio.

El proyecto de decreto que amplía la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán libres de Ganancias siempre que la remuneración mensual del trabajador no supere los $ 880.000 brutos, equivalente a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, que en junio es de $ 87.987.

Esta medida excepcional y única busca beneficiar a los trabajadores que pagan impuesto a las Ganancias, con el propósito de mejorar su poder adquisitivo y fomentar el consumo y la actividad económica.

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