Se reglamentó la Ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley 27.635 que promueve la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación de gestión pública y privada, con o sin fines de lucro. A través del decreto 304/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y los ministros Raquel “Kelly” Olmos (Trabajo) y Jaime Perczyk (Educación), se establecieron las reglamentaciones correspondientes a varios artículos de la Ley sancionada el 10 de junio de 2021.
La portavoz de la Presidencia, Gabriel Cerruti, destacó que esta normativa es “una Ley pionera en el mundo que busca romper con las estructuras machistas de las empresas de comunicación que hacen periodismo desde un paradigma sesgadamente masculino”. Según Cerruti, el objetivo de la Ley es promover la igualdad real de derechos y oportunidades en los servicios de comunicación, tanto públicos como privados, sin importar la identidad de género, orientación sexual o expresión de las personas.
Una de las medidas establecidas por la Ley es la obligatoriedad de garantizar un cupo de no menos del 1% para personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex en el total del personal de medios gestionados por el Estado. Esto busca asegurar la inclusión y la representación de estos grupos en el ámbito de la comunicación.
La Ley de “Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación de la República Argentina” tiene como objetivo impulsar medidas de acción positiva que fomenten la igualdad de derechos y oportunidades, así como la no discriminación por género y orientación sexual. También busca garantizar políticas de inclusión en el mundo laboral y promover espacios libres de violencia y acoso.
Para asegurar el cumplimiento de la Ley, se establece la creación de una Unidad de Coordinación Interjurisdiccional compuesta por representantes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete. Además, se designa al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social como la autoridad encargada de aplicar la Ley 27.635.
En la reglamentación, se establece la creación de un Registro de Servicios de Comunicación operados por Prestadores de Gestión Privada, el cual deberá ser puesto en funcionamiento en un plazo de 90 días. También se establece la creación de un ámbito de participación que incluirá expertos, representantes de la sociedad civil y representantes de los Poderes del Estado con injerencia en la materia, con el fin de promover un diálogo amplio y diverso en el proceso de implementación de la Ley.
Con la reglamentación de la Ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación, se busca transformar el paradigma de los medios de comunicación en Argentina, fomentando una visión más inclusiva y diversa, y rompiendo con las estructuras machistas que han predominado en el sector.
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