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Actualización de precios en productos derivados del trigo: impacto en el pan

La Secretaría de Comercio ha emitido la Resolución 1869/2023, publicada en el Boletín Oficial, que actualiza los valores de referencia para el trigo y sus productos derivados, lo que potencialmente podría influir en el precio del pan. Estos cambios entran en vigencia a partir del 26 de octubre y marcan un aumento acumulado del 77,5% durante los primeros 10 meses de 2023, o del 91,9% en comparación con los valores de octubre de 2022. La justificación oficial señala que estos ajustes “se encuentran muy por debajo de los que refleja el INDEC para el precio del pan francés en GBA, así como del IPC General”.

La Resolución establece que el precio de la harina 000 se sitúa en $2,825 por bolsa de 25 kilogramos, lo que representa un incremento del 8,9% con respecto a los $2,594 vigentes desde el 11 de septiembre. En el caso de la tonelada de harina, el precio asciende a $110,881,25, en comparación con los $101,814,50 previamente vigentes. Estos valores están basados en un precio de trigo de $59,585,07 por tonelada, un 8,9% más alto que los $54,715,40 anteriores.

Naranja X

Es importante destacar que estos precios no incluyen impuestos, costos de entrega ni se refieren a precios de fábrica. Se deben agregar costos logísticos según la región: Ciudad y provincia de Buenos Aires (3,50%), Centro, Cuyo y Litoral (5,50%), NEA y NOA (7%), y Patagonia (10,5%).

La Resolución de Comercio explica que este aumento se implementa con el objetivo de “mejorar el impacto de la herramienta financiera tanto en la estructura de costos como en el producto al consumidor, resultando necesario aumentar la oferta de harina con compensación en el mercado y actualizar sus valores para que sean acordes con la evolución de los demás componentes del costo de los productos derivados de la harina de trigo”. La decisión se enmarca en la serie de políticas públicas del Estado Nacional, como el Programa ‘Precios Justos’, destinadas a estabilizar los precios de los productos en beneficio del consumidor.

La medida también establece que estos nuevos valores serán actualizados mensualmente por la autoridad de aplicación, basándose en la siguiente fórmula:

  • Un 40% de la variación mensual del valor FAS teórico promedio en pesos publicado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía.
  • Un 30% de la variación mensual del Índice de Precio Mayorista (IPIM) del último mes disponible en el sitio web del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
  • Un 30% de la variación mensual del Índice de Salarios publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

En caso de que la fórmula proporcione un valor inferior al 1%, el ajuste mensual mínimo será del 1%.

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