Propietarios e inquilinos se benefician con nuevas deducciones en el Impuesto a las Ganancias
La reciente reglamentación del Impuesto a las Ganancias, establecida en el decreto 652, introduce ventajas para propietarios e inquilinos. A partir de ahora, los propietarios podrán deducir el 10% del monto anual de su declaración de Ganancias por concepto de alquileres de vivienda.
Para los trabajadores que alquilan una vivienda, se suma un nuevo beneficio: además del 40% anual que ya podían deducir, ahora podrán agregar un 10% adicional, con un límite de hasta 3 millones de pesos anuales.
Las deducciones permitidas incluyen gastos por cónyuge, hijos, alquileres, créditos hipotecarios, personal doméstico, medicina prepaga y educación.
El decreto 652 también aclara que, si un alquiler involucra a varios locatarios, la deducción total no podrá exceder el 10% del total pagado en concepto de alquiler, siempre y cuando los contratos estén debidamente registrados.
La AFIP confirma que los propietarios que alquilan su inmueble para casa-habitación pueden deducir el 10% del monto mensual del alquiler sin límite anual. Esta deducción también es válida para quienes declaren sus ingresos bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Es esencial que los alquileres estén respaldados por facturas o documentos equivalentes para aplicar esta deducción.
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