El Gobierno enviará al Congreso un proyecto de blanqueo de capitales
Leé en esta nota las principales claves del proyecto de "Exteriozación del Ahorro Argentino para Sostener el cumplimiento y Cancelación de la Deuda con el Fondo Monetario Internacional".
El Ministerio de Economía enviará en los próximos días al Congreso el proyecto de “Exteriozación del Ahorro Argentino para Sostener el cumplimiento y Cancelación de la Deuda con el Fondo Monetario Internacional”, de blanqueo de capitales lo cual le permitirá al Gobierno recaudar más recursos para achicar la deuda con el FMI y financiar subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), becas Progresar y proyectos en el área del Gas Natural, antes de que la “transición energética” mundial le cierre los pasos.
La iniciativa establece que se destine el 20% de los recursos a un fondo específico a crear para el pago de obligaciones con el FMI, un 20% a las Pymes, 20% a las becas Progresar, y un 40% a programas y proyectos de la Secretaria de Energía para exploración, desarrollo, construcción y mantenimiento de infraestructura, transporte y producción de gas natural.
A su vez, el proyecto de blanqueo creará un régimen especial de “Declaración Voluntaria” de ahorros no declarados que alcanzará a personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. También establece que la exteriorización de divisas en moneda extranjera o activos financieros se podrán efectuar con el pago de una alícuota, pero sin sanciones penales o civiles en la Justicia.
Fuentes parlamentarias señalaron que cuando ingrese el proyecto se destinará a la comisión de Presupuesto y Hacienda, que preside Carlos Heller, a fin de poder iniciar a la brevedad el debate de esta iniciativa que es clave para el Gobierno Nacional.
Este proyecto de “Exteriozación del Ahorro Argentino para Sostener el cumplimiento y Cancelación de la Deuda con el Fondo Monetario Internacional” es complementario del acuerdo firmado entre Argentina y los Estados Unidos de intercambio de información fiscal con el fin de promover la exteriorización de bienes y sanciones para aquellos que no blanqueen, según lo afirmó el ministro cuando se presentó el convenio en el CCK.
Asimismo, la iniciativa considera “repatriación” solo en los casos en los que el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera o de importes generados por los activos financieros equivalgan “como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren”.
Los bienes que se podrán exteriorizar pagando una alicuota que oscilará entre el 5 y el 20% son la tenencia de moneda nacional y extranjera en el país o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país o en el exterior, incluyendo créditos. La tasa que se pagará por incorporar a esos bienes tendrá una alicuota diferencial hasta el 31 de marzo y desde el 1 de abril hasta el 30 de junio esa tasa se duplicará y o se establecerá 4 veces esa alícuota desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.
En cambio si se opta por evitar la repatriación y se detectan esos bienes las alícuotas se duplicarán.
Además, la iniciativa no considerará el blanqueo de estos capitales como incrementos patrimoniales no justificados ni se iniciará alguna demanda comercial, civil, penal o penal cambiaria, que pudieran corresponder por los bienes declarados, y quedarán liberados de los impuestos que hubieran omitido declarar.
Otro punto clave es que habrá un régimen simplificado con una alícuota especial del equivalente a la mitad de las alícuotas generales cuando los sujetos personas humanas exterioricen tenencia de moneda nacional o extranjera en efectivo en el país y el monto no supere el 35% anual de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50 mil dólares.
Filo
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