INTERÉS GENERAL

El próximo 2 de enero reabrirá la inscripción para acceder a viviendas de Procrear II

Este lunes 2 se pondrán a disposición 635 hogares ubicados en Desarrollos Urbanísticos de 17 provincias de todo el país

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que conduce Santiago Maggiotti, anuncia que abrirá el primer lunes de 2023 una nueva inscripción para acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.

De esta forma, a partir del lunes 02/01 estará disponible en la página web del Ministerio el formulario para que puedan anotarse aquellos interesados en acceder a una unidad funcional en los siguientes predios: Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás (Buenos Aires); Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Capital Federal); Puerto Madryn (Chubut); Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba); Corrientes (Corrientes); Paraná (Entre Ríos); Jujuy (Jujuy); Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza); Posadas (Misiones); Zapala (Neuquén); Viedma (Río Negro); Tartagal (Salta); San Luis (San Luis); Río Gallegos (Santa Cruz); Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe); Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero) y Río Grande (Tierra del Fuego).

naranja X

Los Desarrollos Urbanísticos Procrear II ofrecen soluciones habitacionales que atienden a las necesidades de cada territorio, y permiten a las familias argentinas el acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas, en uno de los complejos habitacionales construidos por el Estado Nacional. Además, cuentan con excelentes vías de acceso, cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes. Ya se pueden consultar los requisitos generales y las bases y condiciones completas en https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos.

A través de sus distintos programas y líneas de acción, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat continúa garantizando el acceso a la vivienda de manera federal, el arraigo de las familias argentinas, el desarrollo de las economías locales y el crecimiento de la industria de la construcción.

Requisitos

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

  • Todas las notificaciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.
LEER: Incendio en barrio Lanza tras una disputa vecinal

Artículos relacionados

Volver al botón superior