Procrear II: cierra la inscripción para viviendas en San Nicolás
En este nuevo sorteo de Procrear II se incluyeron 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.
El ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, que conduce Santiago Maggiotti, recordó que el próximo lunes a las 10 de la mañana cerrará el plazo de inscripción para participar del sorteo de créditos para adquirir una de las 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II que se entregarán y que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.
Quienes deseen participar deben llenar el formulario que puede encontrarse en este link.
Allí mismo pueden consultarse también los principales requisitos para anotarse y las Bases y Condiciones completas de esta línea de créditos, que ofrece Procrear II con la idea de ayudar a las familias argentinas a acceder a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en complejos habitacionales construidos por el Estado Nacional.
En este caso, las unidades funcionales que se ofrecen están ubicadas en los siguientes predios:
En Provincia de Buenos Aires:
- Bahía Blanca
- Carmen de Patagones
- Ciudad Evita
- Haedo
- Ituzaingó
- Lincoln
- Merlo
- Morón
- San Antonio de Areco
- San Martín
- San Miguel
- San Nicolás
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
- Estación Buenos Aires
- Estación Sáenz
En Chubut:
- Puerto Madryn
En Córdoba:
- Barrio Liceo
- Cavanagh
- San Francisco
En Corrientes:
- Corrientes
En Entre Ríos:
- Paraná
En Jujuy:
- San Salvador de Jujuy
En Mendoza:
- Maipú
- Malargüe
- Mendoza
- San Rafael
En Misiones:
- Posadas
En Neuquén:
- Zapala
En Río Negro:
- Viedma
En Salta:
- Tartagal
En San Luis:
- San Luis
En Santa Cruz:
- Río Gallegos
En Santa Fe:
- Estación Cambios
- Rafaela
- Sunchales
En Santiago del Estero:
- Santiago del Estero
- La Banda
En Tierra del Fuego:
- Río Grande
Una de las claves de los Desarrollos Urbanísticos de Procrear II es que cuentan con excelentes vías de acceso, cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes.
Requisitos para el Procrear II
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
- El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados:
- Matrimonio.
- Unión convivencial.
- Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
- Todas las notificaciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.