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Claves para firmar un contrato de alquiler a 3 años mientras persiste la polémica Ley

En medio de la controversia que rodea a la polémica Ley de Alquileres, con posibles cambios en discusión en el Congreso nacional, es fundamental tener en cuenta ciertos consejos prácticos al momento de firmar contratos de alquiler.

Aunque se esperan modificaciones en el futuro, hasta que se determine lo contrario, los contratos aún se rigen por las condiciones establecidas en la normativa que entró en vigencia en julio de 2020.

En este artículo, exploraremos algunas claves importantes que los inquilinos y propietarios deben considerar al momento de firmar un contrato de alquiler a 3 años, para asegurarse de cumplir con los requisitos legales y proteger sus intereses.

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  1. Contrato por escrito: Importancia de contar con un contrato de alquiler por escrito para facilitar la resolución de conflictos.
  2. Duración del contrato: El plazo mínimo del contrato de alquiler es de 3 años, con actualización anual basada en el Índice de Contratos de Locación (ICL).
  3. Depósito de garantía: El inquilino debe abonar un depósito de garantía equivalente a al menos un mes de alquiler, el cual deberá ser devuelto al finalizar el contrato si el inmueble se encuentra en buenas condiciones.
  4. Verificación de datos: Es fundamental verificar la identidad de todas las partes involucradas en el contrato, incluyendo la constatación de documentos originales.
  5. Forma de pago: El contrato debe especificar cómo y dónde se realizará el pago del alquiler, así como las cargas y responsabilidades tanto del inquilino como del propietario.
  6. Garantías: El inquilino debe ofrecer al menos dos garantías, que pueden ser título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza, fiador solidario o garantía personal.
  7. Expensas y reparaciones: El inquilino debe pagar las expensas ordinarias, mientras que las extraordinarias son responsabilidad del propietario. Además, el propietario debe encargarse de las reparaciones necesarias en el inmueble.
  8. Terminación anticipada: El inquilino puede finalizar el contrato de forma anticipada, cumpliendo ciertos requisitos y pagando la indemnización correspondiente según la duración del contrato.
  9. Intimación de pago: Antes de iniciar el desalojo por falta de pago, el propietario debe intimar al inquilino para que pague la deuda en un plazo mínimo de 10 días.
  10. Declaración del contrato: Los contratos deben ser declarados por el propietario en la AFIP, siguiendo los requisitos establecidos por el organismo.

Es importante tener en cuenta estos puntos antes de firmar un contrato de alquiler a 3 años, mientras la Ley de Alquileres sigue en vigencia y se discute su posible modificación o derogación en el Congreso nacional.

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