Jubilados y Pensionados ANSES: A partir de hoy cobran automáticamente sus haberes
Nueva ley agiliza el cobro de haberes para jubilados y pensionados de ANSES sin trámites adicionales. Conoce los cambios y beneficios para los beneficiarios.
Desde este martes 25 de julio, los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES verán simplificado el proceso de cobro de sus haberes. De acuerdo con la nueva Ley 27.721, publicada el 17 de julio en el Boletín Oficial, ya no será necesario presentar la declaración de Supervivencia o Fe de Vida, ni ningún otro trámite adicional con el mismo propósito.
La entrada en vigencia de la Ley 27.721 aplicará al conjunto de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Exención de trámites para beneficiarios del SIPA y Sistema de Pensiones no Contributivas
Según lo estipulado por el Congreso de la Nación, la nueva normativa exime a los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del SIPA y del Sistema de Pensiones no Contributivas de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida. Además, se elimina cualquier otro requisito que los beneficiarios debían cumplir para el cobro de sus haberes y otros beneficios previsionales.
Responsabilidades de las entidades pagadoras
El texto de la ley establece que las entidades encargadas de efectuar los pagos de jubilaciones y pensiones deberán rendir como impagos los fondos posteriores a la fecha de fallecimiento del titular del beneficio.
Excepciones para el trámite de Fe de Vida
Los jubilados y pensionados de ANSES que se ausenten del país por más de tres meses o residan permanentemente en países que no tengan convenio de reciprocidad con Argentina, deberán seguir realizando el trámite de Fe de Vida para evitar la suspensión del pago de sus haberes.
Exoneración para ciertos países
En cambio, aquellos que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia quedarán exentos de realizar este trámite.
Pasos para realizar el trámite de Fe de Vida en el exterior
Para los jubilados y pensionados que vivan fuera de Argentina, el trámite se realizará presentando los siguientes documentos:
- DNI
- Formulario PS 6.246 – Ausencia y regreso al país
- Último recibo de haberes
- Pasaporte y pasaje (o certificado de la compañía de viaje)
En caso de apoderados, también se deberá presentar:
- Formulario PS 6.4 – Carta Poder
- DNI (original y copia)
Con estas medidas, se busca simplificar el proceso de cobro para los beneficiarios de ANSES y asegurar una mayor eficiencia en el sistema previsional argentino.
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