SAN NICOLÁS

Durante la sesión del HCD se aprobaron medidas de alivio para contribuyentes nicoleños

El Concejo Deliberante de San Nicolás, mediante su sexta sesión ordinaria por teleconferencia aprobó este miércoles una serie de iniciativas diseñadas y elevadas por el Departamento Ejecutivo Municipal con la intención de generar algún alivio a los contribuyentes nicoleños.

Quedarán suspendidos por 6 meses los recargos a los pagos de tasas retributivas efectuados fuera de término y, también, habrá eximiciones para comercios y monotributistas en el cobro de Seguridad e Higiene. Los proyectos se aprobaron por unanimidad, aunque la oposición se abstuvo en una votación vinculada a la judicializada cuestión del tope máximo de incremento en la tasa de Desarrollo Urbano.

A través de uno de los proyectos se proponía eximir a los contribuyentes nicoleños de los recargos establecidos para las moras en los pagos de tasas municipales retributivas de servicios por un período de seis meses. Así, las demoras en los cumplimientos no acarrearán intereses del 4% mensual.

En concreto, en su artículo primero el proyecto plantea: «Exímase para las Tasas de Desarrollo Urbano y Tasa por Servicios de Agua, Cloaca y Tratamiento de Efluentes Cloacales por las cuotas 01, 02, 03, 04, 05 y 06 del año 2020, de los recargos establecidos en el Artículo 1, inciso a), puntos b) y c) de la Ordenanza 9876/19, hasta el vencimiento que opera el día 10/07 del corriente año».

En efecto, la Ordenanza 9876 es la que establece un sistema de recargos para la falta total o parcial del pago de los tributos, tasas, derechos, contribuciones, cánones y en general todo crédito que tenga a percibir la Municipalidad, que no se abonen al vencimiento general fijado.
Los puntos b) y c) que quedarán momentáneamente sin efecto, son los que establecen recargos del 4% «para los pagos que se efectúen entre el día 1 y el 10 del mes siguiente al que operó el vencimiento del tributo» (punto b) y «a partir de la fecha señalada en el apartado anterior, el tributo devengará un interés del cuarenta y ocho por ciento (48%) anual, equivalente al cuatro por ciento (4%) mensual hasta la fecha del efectivo pago».

Otros dos proyectos aprobados este jueves eran los que proponían eximir del pago de la Tasa por Seguridad e Higiene a los contribuyentes monotributistas durante los meses de marzo, abril, mayo y junio. «Exímase del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene a todos los contribuyentes encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, establecidos por la Ley N° 24977 y sus modificatorias, comprendidos en el artículo 188° de la Ordenanza Fiscal y artículo 20 de Ordenanza Tarifaria vigente», establecen las iniciativas (una para los meses de marzo y abril; la otra para mayo y junio).

Incluso por fuera del universo de monotributistas, el proyecto también vehiculiza eximiciones para contribuyentes no comprendidos en el Régimen Simplificado con facturaciones mensuales inferiores a los $ 4 millones brutos devengados.

No obstante, para esta disposición quedarán exceptuadas las actividades relacionadas con la comercialización y transporte de bebidas, productos alimenticios, farmacias, productos de higiene y desinfección, actividades financieras, aseguradoras, mutuales, aseguradoras de riesgo de trabajo, bancarias, producción y comercialización de medicamentos e insumos médicos, servicios de Internet y comunicaciones, “quienes seguirán tributando según las disposiciones del artículo 19 de la ordenanza tarifaria vigente”, según se lee en el proyecto.

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