Ley Olimpia: Argentina incorpora la violencia digital a su marco legal
La Cámara de Diputados de Argentina ha dado un paso significativo en la lucha contra la violencia de género al convertir en ley el proyecto que añade la violencia digital a la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, comúnmente conocida como Ley Olimpia. Este proyecto se enfoca en delitos que violan la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
La iniciativa fue respaldada por unanimidad, con 230 votos afirmativos, y fue presentada por diversas fuerzas políticas, incluyendo el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal, Provincias Unidas y la izquierda. Esta decisión fue tomada después de una prolongada sesión legislativa que comenzó al mediodía del día anterior.
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El proyecto original fue presentado por la diputada Mónica Macha, miembro del Frente de Todos. Sin embargo, su impulso provino de Olimpia Coral Melo, una activista y sobreviviente de violencia digital de México, quien visitó Argentina la semana pasada y participó en la sesión del Senado que también aprobó la ley. Acompañando a Olimpia estuvieron sobrevivientes argentinas de violencia en entornos digitales.
Macha explicó que esta ley es el resultado de la colaboración entre varias organizaciones, como Gentic (Organización Género y TIC) y el grupo de Ley Olimpia en Argentina. La diputada resaltó el papel crucial de estas organizaciones y destacó que muchas de las personas involucradas son víctimas y sobrevivientes de la violencia digital.
La ley define la violencia digital como aquella que se ejerce mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, y que involucra la obtención, reproducción y difusión de datos personales, material digital íntimo o de desnudez, sin consentimiento, así como discursos de odio de género, estereotipos sexistas, acoso, amenazas, extorsión o control virtual. También aborda acciones que atenten contra la integridad sexual o la identidad digital de las mujeres a través de las TIC.
Esta ley se complementa con la Ley Belén, que busca incorporar la violencia digital como delito en el Código Penal, permitiendo sancionar a quienes difunden material íntimo sin consentimiento. Además, se pretende responsabilizar tanto a quienes suben este material como a quienes lo difunden.
La iniciativa promueve los derechos y bienes digitales de las mujeres, garantizando su dignidad, reputación e identidad en espacios digitales y requiere la implementación de servicios telefónicos y digitales gratuitos, destinados a brindar apoyo y asesoramiento a las víctimas de violencia contra las mujeres, incluyendo la modalidad de acoso callejero.
Además, la ley plantea la necesidad de promover programas de alfabetización digital y buenas prácticas en el uso de tecnologías de la información y la comunicación en la educación, incluyendo la educación sexual integral y la formación docente.
Este proyecto de ley es un paso importante en la lucha contra la violencia de género en entornos digitales y es un testimonio del poder de la colaboración entre activistas y legisladores para abordar problemas urgentes en la sociedad. Olimpia Coral Melo, la inspiradora de esta ley, es una activista mexicana reconocida internacionalmente por su incansable lucha para prevenir y sancionar la violencia digital. Su historia es un recordatorio de la importancia de empoderar a las víctimas y sobrevivientes para impulsar el cambio social.
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