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Se eliminó un impuesto para propiedades adquiridas antes de 2018

El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial un nuevo paquete fiscal de la Ley Bases, que fue aprobado en la Cámara de Diputados tras ser modificado en el Senado. Una de las principales reformas es la derogación del Impuesto a las Transferencias de Inmuebles (ITI). Este impuesto obligaba a los propietarios a pagar el 1,5% del valor de venta de una propiedad comprada antes de diciembre de 2017, siempre y cuando no fuera su vivienda única y permanente. Por ejemplo, si alguien vendía una propiedad adquirida antes de 2018 por US$100.000, debía abonar US$1500 en concepto de ITI.

Poco después de publicarse la noticia, el ministro de Economía, Luis Caputo, anunció en su cuenta de X: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde el 1991.

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El paquete fiscal también incluye la declaración de emergencia pública en los ámbitos administrativo, económico, financiero y energético por un año, así como la privatización de algunas empresas.

Esta iniciativa es parte de una serie de reformas que el presidente Javier Milei envió al Congreso en su ambicioso proyecto de Ley Ómnibus, el cual contiene 664 artículos destinados a reducir la carga impositiva en la venta de inmuebles. Entre las medidas, se propuso derogar el ITI, impuesto establecido por la ley 23.905 en 1991.

Sin embargo, la eliminación del ITI no significa que todos los propietarios dejarán de pagar impuestos al vender sus inmuebles. Desde 2018, el ITI coexistía con el Impuesto a las Ganancias Cedulares, que grava la diferencia entre el precio de compra y el de venta, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los gastos. Por ejemplo, si una propiedad se compró por US$100.000 y se vendió por US$130.000, el contribuyente debe pagar el 15% de la diferencia, que sería US$4500 (ajustado por índice y gastos).

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La Ley Bases solo deroga el ITI y no el Impuesto a las Ganancias Cedulares. Según el escribano González Mantelli, el mercado inmobiliario podría enfrentar situaciones donde, por ejemplo, una persona que compró una cochera en 2015 dejaría de pagar el ITI al venderla, pero si compró otra en 2019, tendría que pagar el Impuesto a las Ganancias Cedulares.

En pocas palabras, con esta medida, quienes vendan un inmueble comprado antes de 2018 (que no sea su vivienda única y permanente) ya no deberán pagar el ITI, mientras que quienes vendan propiedades adquiridas a partir del 1° de enero de 2018 seguirán sujetos al Impuesto a las Ganancias Cedulares.

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