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Jubilados: se oficializó el bono de $70.000 para agosto

Este jueves, el Gobierno confirmó a través del Decreto 667/2024, publicado en el Boletín Oficial, la entrega de un nuevo bono de $70.000 para jubilados que perciben el haber mínimo. Con este bono, las jubilaciones mínimas alcanzarán los $295.454,42 en agosto, considerando el haber inicial de $225.454,42, ajustado por un incremento del 4,58% correspondiente a la inflación de junio.

La medida, justificada por los efectos adversos de la inflación sobre los haberes jubilatorios, hace referencia al Índice de Movilidad Jubilatoria vigente desde marzo de 2021 (Ley N° 27.609). Según el decreto, la fórmula de ajuste actual no contempla adecuadamente las variaciones de precios, generando un desfase entre las variables económicas y los ingresos de los jubilados.

Desde el inicio de la presidencia de Javier Milei, se han otorgado ocho bonos para apoyar a los jubilados: dos de $55.000 en los primeros dos meses del año y seis de $70.000 desde marzo hasta el recientemente anunciado para agosto.

El decreto subraya la necesidad de estas ayudas económicas para los jubilados de menores ingresos, afectados principalmente por la Ley N° 27.609. En consecuencia, se estableció que el Bono Extraordinario Previsional se otorgará nuevamente en agosto, con un monto máximo que, sumado al haber inicial, no excederá los $295.454,42.

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El documento también especifica que este bono no será remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no será computable para otros conceptos. Además, aclara que los beneficiarios deben tener vigentes sus prestaciones en el mes de la liquidación y, en el caso de pensiones con varios copartícipes, se considerará un único titular para la percepción del bono.

¿Quiénes recibirán el bono de $70.000 en agosto?

El bono previsional será entregado a: a. Titulares de prestaciones contributivas a cargo de la ANSES, conforme a la Ley N° 24.241 y sus modificatorias. b. Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, según el artículo 13 de la Ley N° 27.260. c. Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más, y demás pensiones a cargo de la ANSES.

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