El Gobierno defiende decreto que ajusta el acceso a la información pública sin modificaciones
A pesar de las críticas recibidas tras la promulgación del decreto que restringe el acceso a ciertos datos, el Gobierno Nacional aseguró que no se realizarán modificaciones, como había prometido previamente el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, en el Congreso. Así lo confirmó el vocero presidencial, Manuel Adorni, en una conferencia de prensa habitual.
Adorni explicó que no se alterarán las nuevas disposiciones de la Ley de Acceso a la Información Pública, y subrayó que el objetivo de la normativa es garantizar que los recursos destinados a proporcionar información pública sean utilizados de manera eficiente. “El acceso a la información debe cumplir con su propósito sin desviar recursos innecesarios”, argumentó.
El funcionario también destacó que se ha observado un aumento significativo en las solicitudes de información irrelevantes, tales como preguntas sobre las preferencias personales de los funcionarios. “Durante nuestra gestión, las consultas se han multiplicado por diez, y muchas veces nos preguntan cosas que no tienen importancia, como qué tipo de té tomamos o si nuestras mascotas son felices”, añadió.
Adorni profundizó sobre la situación señalando que incluso se han recibido preguntas sobre aspectos irrelevantes de la vida académica del presidente, como si ha cursado la Ley Micaela o cuántas materias dicta en la universidad. “Queremos frenar este uso excesivo de recursos en consultas que no aportan al conocimiento de la ciudadanía sobre la gestión pública”, señaló.
El Gobierno se comprometió a seguir defendiendo la transparencia, y Adorni mencionó que, a pesar del incremento en las solicitudes de información, no se han registrado judicializaciones ni amparos relacionados. Además, dejó en claro que, de ser necesario, se brindarán aclaraciones adicionales sobre el decreto.
El Decreto 780/2024, que fue publicado en el Boletín Oficial, regula el artículo 1° de la Ley N° 27.275 bajo el principio de “buena fe”. Asimismo, redefine el alcance de lo que se considera información pública, excluyendo datos privados generados por personas o entidades privadas que no estén vinculados a la gestión de los sujetos obligados por la ley.
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