SAN NICOLÁS

Por la pandemia del coronavirus, la Justicia recomendó liberar presos

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional recomendó ayer a los jueces que tienen causas con personas detenidas sin sentencia firme que empiecen a liberarlas en tanto sean consideradas dentro de los grupos de riesgo en la pandemia de coronavirus Covid-19 y mientras esto no genere un riesgo inmediato para la sociedad, con el objetivo de reducir la “sobrepoblación carcelaria” en un momento de crisis sanitaria.

El conocimiento de la inminencia de este fallo fue el que llevó a los presos en la cárcel de Devoto a generar una revuelta en la mañana de este viernes, después de que trascendiera que uno de los agentes del Servicio Penitenciario Federal que allí se desempeña estaría infectado por coronavirus.

En una acordada fechada el 23 de abril y comunicada en la mañana de este viernes, la Cámara dispuso “recomendar a los magistrados del fuero criminal y correccional de la Capital Federal que extremen los recaudos para coadyuvar a la más pronta disminución de la sobrepoblación carcelaria”.

Datos del Servicio Penitenciario Federal, actualizados al 23 de abril, indican que la población alojada en las 33 cárceles federales es de 12.743 personas, por lo que el sistema está cargado en un 100,39%. Del total, hay 11.962 hombres (93,87%) y 751 mujeres (5,89%). El 82% del total son de nacionalidad argentina.

De toda la población carcelaria, 6.851 personas (53,76%) están detenidas en calidad de procesadas y 5.889 (46,21%) están como condenadas. El 0,02% restante son tres personas consideradas como “inimputables”.

La población carcelaria ha caído un 10,6% (1.508 personas) entre octubre de 2019 y este mes. Un informe de la Procuración Penitenciaria de la Nación indica que al 30 de septiembre del año pasado había detenidas en los penales federales unas 14.251 personas. En ese momento, la sobre población carcelaria era del 16%.

Qué dice la acordada
La recomendación para los jueces indica que deben tomar como base la jurisprudencia de la propia Cámara y ordena que se atienda prioritariamente, en la medida que el caso así lo permita, la situación de lo internos que conformen los grupos de riesgo descriptos por el ministerio de Salud de la Nación.

Así, los primeros en ser liberados deberían ser los detenidos mayores de 60, las embarazadas y las personas que tienen enfermedades respiratorias o cardiovasculares y las que tienen afecciones como diabetes, entre otras patologías crónicas.

Para tomar la decisión, la Cámara tuvo en cuenta que hay un incremento en el riesgo generado por la relación entre sobrepoblación carcelaria y la pandemia. Por ello, recomendó “reducir la población en las cárceles a fin de tender, correlativamente, a la reducción del foco de infección probable respecto de personas que se encuentran en una particular situación de vulnerabilidad y de las que el Estado es garante”.

Para disminuir la población carcelaria se recomienda adoptar medidas alternativas a la prisión o de morigeración de la prisión preventiva, con o sin monitoreo mediante un dispositivo electrónico.

Si bien se hace especial hincapié en los grupos de riesgo, las recomendaciones abarcan a todas las personas privadas de libertad toda vez que el índice de reducción repercute directamente en la logística destinada a proveer cuidados sanitarios, alimentación e higiene a aquéllos que deberán permanecer en situación de encierro.

La acordada salió por unanimidad, por lo que lleva la firma del presidente Daniel Morin y del resto de sus integrantes, entre los que se encuentran Patricia Llerena, Gustavo Bruzzonc, Horacio Días, Eugenio Sarrabayrouse, Jorge Luis Rimondi, Pablo Jantus, Mario Magariños y Alberto Huarte Petite.

Para estos jueces, la situación de detenciones sin sentencia firme “resulta más delicada en la circunstancia actual ya que la sobrepoblación existente favorecería la propagación del virus dentro de las cárceles”.

Morin ordenó comunicado la decisión a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la totalidad de los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, Tribunales Orales de Menores y Juzgados Nacionales de Ejecución Penal, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, y a la Procuración General de la Nación.

También fueron informados la Defensoría General de la Nación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Procuración Penitenciaria nacional, al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y al Comité Nacional para la Prevención de la Tortura.

Justamente, la acordada de la Cámara se conoció después de una reunión de la que participó la ministra de Justicia y Derechos Humanos, Marcela Losardo. Fue una videoconferencia desarrollada el jueves para analizar la situación y el impacto de las medidas que impone la cuarentena en el sistema penitenciario federal.

En la reunión estuvieron presentes la presidenta de la Cámara Federal Penal de Casación, Ángela Ledesma, Stella Maris Martínez; y miembros de la Procuración Penitenciaria de la Nación, y del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) y del CELS.

Desde el CNPT aseguraron que la acordada se hizo eco de las recomendaciones emitidas por este Comité y otros organismos nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos, en especial de las personas privadas de la libertad. Por ello, reiteraron su llamado a los tribunales y autoridades competentes a “reducir la sobrepoblación en unidades penitenciarias, promoviendo medidas alternativas a la prisión”.

Antecedentes recientes
Fuentes judiciales indicaron a este medio que el 8 de abril el Procurador Penitenciario, Francisco Mugnolo, le pidió Ledesma que tomara “medidas pertinentes” ante la emergencia sanitaria y penitenciaria con el objetivo de salvaguardar a las personas privadas de libertad y trabajadores del Servicio Penitenciario Federal.

Ante ese pedido, cinco días después, el 13 de abril, la Cámara resolvió responder a través de una acordada en la cual se instó a los tribunales de la jurisdicción a que adopten medidas alternativas al encierro tales como prisión domiciliaria con el correspondiente monitoreo respecto de:

a) Personas en prisión preventiva por delitos de escasa lesividad o no violentos, o que no representen un riesgo procesal significativo, o cuando la duración de la detención cautelar haya superado ostensiblemente los plazos previstos en la Ley 24.390, en relación a los hechos imputados y tomando en cuenta las características de cada proceso;

b) Personas condenadas por delitos no violentos que estén próximas a cumplir la pena impuesta;

c) Personas condenadas a penas de hasta 3 años de prisión;

d) Personas en condiciones legales de acceder en forma inminente al régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional, siempre que cumplan con los demás requisitos;

e) Mujeres embarazadas y/o encarceladas con sus hijos e hijas;

f) Personas con mayor riesgo para la salud, como adultos mayores, personas con discapacidades que puedan exponerlas a un mayor riesgo de complicaciones graves a causa del Covid-19, y personas inmunodeprimidas o con condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes y enfermedad pulmonar.

Las evaluaciones en cada caso deberían determinar si es posible proteger su salud si permanecen detenidas y considerar factores como el tiempo de pena cumplido y la gravedad del delito o la existencia de riesgos procesales y el plazo de la detención, para los procesados.

Esa acordada fue firmada por Ledesma y los jueces Gustavo Hornos, Alejandro Slokar, Ana María Figueroa, Guillermo Yacobucci, Eduardo Riggi (en disidencia), Mariano Borinsky, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña, Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani, Liliana Catucci (en disidencia) y Javier Carbajo.

Fuente: Los Andes

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