Anmat: Prohibieron un producto de alisado definitivo para el pelo que contenía formol y dos aceites de girasol
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió una serie de productos en las últimas horas.
Alisador con queratina
Según la Disposición 919/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo prohibió el “uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones y contenidos netos” de los productos de la marca Bella Hair Profesional.
La investigación se inició cuando dos usuarias que compraron a través de Facebook los productos de la marca rotulados como “ALISADO DEFINITIVO BRUSHING PROGRESIVO DE QUERATINA Y SILICONA BELLA HAIR PROFESIONAL” presentaron “molestias en vías respiratorias superiores y en mucosa ocular”.
El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud procedió a verificar distintos sitios web que promocionan los productos capilares de la marca Bella Hair Profesional.
El Departamento encontró que “no se hallaron antecedentes de inscripción de productos que respondan a esos datos identificatorios ni a la marca Bella Hair Profesional” y que la fórmula para el alisado definitivo contiene formol (formaldehído) cuyo uso en este producto y en concentraciones superiores al 0.2 por ciento está prohibido porque “en esas condiciones puede resultar perjudicial para la salud por su toxicidad”.
“Los alisadores para el pelo formulados en base a formol representan un riesgo para la salud tanto para quien aplica el producto como para quien recibe el tratamiento o se encuentra expuesto de alguna manera”, expresa la Disposición.
La Anmat resolvió prohibir “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones y contenidos netos de los productos: Plastificado Laminado Líquido, Bella Hair Profesional; Alisado Marroquino, Bella Hair Profesional; Botox Capilar, Bella Hair Profesional; Alisado Microencapsulado, Bella Hair Profesional; Shock Keratínico, Bella Hair Profesional; Alisado Definitivo, Bella Hair Profesional; Alisado Plastificado en Gel, Bella Hair Profesional; Alisado Biomolecular, Bella Hair Profesional; Shampoo Matizador Violeta, Bella Hair Profesional; Oro Líquido, Bella Hair Profesional; Shampoo Super Ácido Argan, Bella Hair Profesional; Ampolla Cauterizadora Reparadora, Bella Hair Profesional; Shampoo Matizador Azul, Bella Hair Profesional; Ampolla Cauterizadora, Bella Hair Profesional y Baño De Crema Argan, Bella Hair Profesional”.
Productos desinfectantes
A través de la Disposición 918/2022, la Anmat prohibió “la publicidad, el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los productos domisanitarios de la firma SOLMAX S.R.L. por carecer de habilitación y registro de productos ante esta Administración Nacional”.
El Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal había recibido una denuncia de un usuario sobre la comercialización de productos domisanitarios no registrados de la marca Solmax, en concreto de uno con el rótulo: “SOLMAX. SANITIZANTE. CONTIENE ALCOHOL ETÍLICO AL 70% V/V Y ESENCIA. USOS DESINFECCIÓN DE SUPERFICIES”.
El organismo comprobó que la firma vendía sus productos -jabón líquido con amonio cuaternario, desinfectantes, productos para agua de piletas, destapa cañerías, entre otros- a través de Mercado Libre- y que no tenía habilitación de productos ni registros.
En los considerandos, Anmat señala que en el contexto de la pandemia de coronavirus la OMS indica que “la desinfección con productos a base de alcohol es el único medio conocido para desactivar de manera rápida y eficaz una gran diversidad de microorganismos potencialmente nocivos presente en las manos” por lo que es necesario que el alcohol “cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal”.
Aceites de girasol
Según detalla en la disposición 1030/2022 publicada en el Boletín Oficial, se trata de los siguientes artículos: “Aceite de girasol”, marca Sampietro Nuestro Sabor, RNPA 2906-9970/2016, elaborado por RNE 01-001604; y el “Aceite de girasol”, marca Sampietro Nuestro Sabor, elaborado por RNPA 2906-9970/2016, RNE 02-034934.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la república”, explica el documento, donde se aclara que eso se debe a que “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
De esta manera, informaron que se decidió prohibir dichos aceites “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.
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