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Ley de Alcohol Cero: ¿Cuáles son los objetivos del proyecto?

El Gobierno bonaerense busca promover una ley para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir.

El proyecto de ley que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, que fue enviada al Senado bonaerense por el Ejecutivo de Axel Kicillof el lunes pasado, busca “generar un cambio cultural en la gente”, además de bajar los índices de accidentes.

Así lo explicó el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D’Onofrio, quien en declaraciones a la agencia Télam señaló: “No podemos seguir especulando cuántos vasos de vino o de cerveza podemos tomar (para manejar), porque esa especulación hace que en uno de cada cuatro siniestros viales esté el alcohol en el medio”.

La propuesta prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo.

Actualmente, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. Con la modificación propuesta, el proyecto indica que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol”.

Entre las penalidades por el incumplimiento de la ley se establece el arresto y la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: hasta los 0,49 gramos por litro la retención será de tres meses, mientras que para los conductores que tengan más de 1,5 g/l será de 18 meses.

Además, los infractores deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.

La tolerancia cero al alcohol ya rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán. También como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez; y en ciudades del interior del país como Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).

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