¿Cómo será el nuevo monotributo gratuito para trabajadores de la economía popular?
La medida buscará integrar en la economía formal a unos 3 millones de trabajadores, muchos de los cuales participan de movimientos sociales
El gobierno de Alberto Fernández se dispone a dar un nuevo paso en su anunciada intención de formalizar el trabajo e ir disminuyendo la dependencia de los planes sociales.
En concreto, este miércoles se anunciará un nuevo monotributo sin cargo para los trabajadores que actualmente desempeñan su actividad en la informalidad.
Son millones de personas, muchas de las cuales forman parte de movimientos sociales.
“Una de las reivindicaciones más grandes que venimos sosteniendo es que hay 4 millones y medio de compañeros que se han inventado el trabajo y si les preguntas quieren estar en blanco, el problema es que los costos son muy altos”, afirmó Emilio Pérsico, secretario de Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y referente del Movimiento Evita.
Según anticipó Pérsico, la solución será “un monotributo totalmente gratuito para el compañero y también para el Estado para que se pueda hacer masivamente”.
“Mañana (por este miércoles) vamos a tener anuncios muy importantes”, agregó en diálogo con la radio Urbana Play.
Si bien actualmente existe un monotributo social, su alcance es limitado: lo utilizan solamente 600.000 personas.
En tanto, el nuevo monotributo para trabajadores precarios tendrá mayor alcance y será gratuito por dos años. Además, se prevé que en los dos años siguientes el costo de la cuota sea del 50%.
Esta nueva manera de formalización alcanzará, en principio, a quienes están inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular, que son casi 3 millones de personas.
Se publicó el DNU que convertirá planes sociales en trabajo registrado
El presidente Alberto Fernández firmó este lunes el Decreto 711/2021 para convertir los planes sociales en empleo genuino en el sector privado. Está destinado a personas desempleadas o con trabajos precarizados. La medida fue publicada en el Boletín Oficial de este martes.
Fernández había adelantado la decisión el viernes pasado en el Coloquio de IDEA. La flamante norma permitirá que los beneficiarios de una programa social puedan acceder a un empleo en relación de dependencia.
La iniciativa está vinculada al proyecto de Sergio Massa presentado días atrás que apunta al mismo objetivo.
El viernes, en IDEA, Alberto Fernández anticipó la decisión: “Si algo caracterizó al espacio político que hoy gobierna la Argentina es la promoción de la inversión empresaria y creación de empleo, por eso estamos disponiendo a través de un decreto marco un sistema que posibilite que los que hoy son beneficiarios de planes sociales puedan ser empleados en la actividad privada sin perder ese derecho”.
Los ministros Juan Zabaleta (Desarrollo Social) y Claudio Moroni (Trabajo) estarán al frente de conseguir el objetivo. Se deberán realizar modificaciones en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral con la meta de mutar la asistencia social dada en la actualidad a personas desempleadas o con empleos informales en “incentivos” para lograr su contratación en el sector privado.
Puntualmente, las empresas que se sumen al programa deberán cumplir con una serie de requisitos para acceder a distintos incentivos como comprometerse al incremento neto de la nómina del personal y respetar un límite en la cantidad de trabajadores alcanzados. La flamante norma aclara que no podrán participar aquellas firmas que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).
Un puente al empleo: el proyecto de Massa
El diputado oficialista Sergio Massa presentó un proyecto de ley que apunta a transformar programas sociales y prestaciones de la seguridad social en trabajo formal, al tiempo que baja el costo laboral para pymes que tomen empleados y perdona deudas de la seguridad social.
El proyecto denominado “Un Puente al Empleo” tiene los siguientes beneficios para empresas:
1. Las pymes tendrán una rebaja de hasta el 100% durante 24 meses de las contribuciones patronales con un tope equivalente a 2 salarios mínimos, vitales y móviles por cada nuevo trabajador que contraten.
Si los nuevos trabajadores son beneficiarios de planes sociales nacionales, podrán seguir percibiendo los subsidios por un plazo máximo de hasta 12 meses. Estos contratados tendrán que cumplir con cursos y programas de formación que establecerá el Ministerio de Trabajo, aclaró el especialista Daniel Pérez.
El experto aclaró que los beneficios no se producen solamente por incorporar personas beneficiarias de planes sociales, sino para toda relación laboral que se inicie a partir de la vigencia de la ley.
2. Regularización de empleo no registrado, que incluye la rectificación de la remuneración o de la fecha de inicio de la relación laboral. Pérez aseguró que podría denominarse verdadero blanqueo de relaciones laborales.
Quedan fuera de estos beneficios las relaciones laborales correspondientes al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, advirtió Pérez.
A los trabajadores regularizados se les computarán hasta 60 meses de servicios con aportes equivalentes al salario mínimo para reunir los 30 años de servicios requeridos para jubilarse y para el beneficio de Prestación por Desempleo.
Los meses así regularizados no serán considerados para el cálculo del sueldo promedio de los últimos 10 años anteriores al cese laboral para determinar el haber previsional inicial.
El Poder Ejecutivo tendrá que tomar los recaudos presupuestarios necesarios para compensar los menores ingresos al sistema de la Seguridad Social que surjan de esta ley.
Baja del costo laboral y blanqueo
Para Silvia Tedin, del estudo SMS San Martín, Suárez & Asoc., el proyecto tiene dos aspectos importantes.
Uno que es aminorar el costo salarial por empleado incremental para las pymes desde micro hasta medianas tramo 2, por un tope de 20 empleados, y además reducir entre un 85% y 100% de las contribuciones patronales por el termino de 24 meses.
Y el otro permite blanquear relaciones laborales preexistentes rectificando monto y fecha de inicio de la relación laboral y reconociendo hasta 60 meses de aportes para esos empleados que se encuentran en situación de precariedad laboral, indicó Tedin.
Va a haber un plazo de 90 días para esta suerte de blanqueo de hasta 10 trabajadores con mayores beneficios para las pymes de menor tamaño del 100% al 60%. La regularización podrá ser al contado o mediante plan de pagos, explicó Tedin.
Otro punto muy favorable es la coexistencia de empleo formalizado con planes y programas sociales por hasta 12 meses, donde se permitirá la inserción laboral de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social, opinó.
Sin lugar a duda son todas muy buenas medidas para incentivar la contratación de nuevos empleados, aunque quedará definir cuál es el criterio federal para cada actividad, esto será definido mediante la reglamentación, y regularizar empleo que se encuentra sin registración, enfatizó Tedin.
Sin embargo, la experta comentó que el proyecto del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, no contempla que esos nuevos puestos tengan un nuevo esquema de indemnizaciones laborales. Esto queda pendiente y es un tema clave”.
La baja de contribuciones, en números
Pérez enumeró los beneficios del proyecto:
• Micro empresas: hasta 5 empleados de incremento de nómina, 100% de reducción de contribuciones el primer año y 100% los segundos 12 meses.
• Pequeñas empresas: hasta 10 empleados, en las mismas condiciones de reducción total por dos años.
• Empresa Mediana Tramo 1: hasta 15 empleados nuevos, tendrá 100% de reducción de contribuciones los primeros 12 meses y 85%, los segundos.
• Empresa Mediana Tramo 2: hasta 20 empleados, podrá contar con una rebaja de impuestos laborales de 85% el primer año y 85% el segundo
El beneficio no incluye ninguna exención para la obra social sindical ni para la ART.
Existe otro tope adicional, precisó Pérez, ya que debe considerarse como tope máximo remunerativo una suma equivalente a 2 salarios mínimos vitales y móviles. Teniendo en cuenta el valor del SMVM a partir del 1 de este mes, ese valor sería de $64.000.
Para que el programa pueda ser utilizado, los empleadores no deberán registrar obligaciones de seguridad social, líquidas y exigibles vencidas, ni figurar en el REPSAL, subrayó Pérez.
Beneficios del blanqueo
Esta segunda parte del programa referida al blanqueo es similar a la establecida en 2008, que también incluyó una regularización amplia del empleo y una forma de fomento con reducciones, afirmó Pérez.
El proyecto de Massa establece la forma de regularización a través de la registración de la relación laboral y la denuncia de la real remuneración, según el caso. Las obligaciones condonadas son todas las de los subsistemas, excepto las del régimen de salud y las cotizaciones con destino a las ART, puntualizó Pérez.
Sí se encuentran incluidas dentro de las obligaciones que se extinguen las correspondientes a las contribuciones adicionales con destino al Régimen de la Industria de la Construcción, añadió el experto.
Esa regularización condonará la deuda por capital, intereses, multas y punitorios que “tengan origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social”: SIPA (jubilaciones y pensiones), PAMI, Obras Sociales, Fondo Nacional de Empleo y Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Por lo demás, también como sucede en estos programas de amnistía, se extinguen las acciones penales y se condonan las sanciones firmes o no laborales e impositivas, entre otras, comentó Pérez.
El proyecto divide la posibilidad de utilizar los beneficios de extinción de obligaciones y amnistía para los empleadores, en función de la cantidad de trabajadores que se regularicen por el programa: de hasta 10 trabajadores y a partir de 11 contratos.
Para los empleadores que regularicen hasta 10 trabajadores registrados de la siguiente forma:
• Micro y pequeñas empresas: del 100%
• Medianas empresas tramo 1: del 80%
• Medianas empresas tramo 2: del 60%
A partir del trabajador número 11 y siguientes se establece que los beneficios de condonación de capital, intereses resarcitorios y punitorios será en todos los casos del 100%.
Estas extinciones y condonaciones tendrán efecto, en la medida en que los empleadores cancelen los conceptos que el proyecto no condona (obras sociales, seguro de salud, ART), mediante cancelación de contado o a través de un régimen de facilidades de pago que establecerá la AFIP por reglamento, alertó Pérez.
Para los dos beneficios, no se podrá reducir la nomina laboral, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.
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