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Prórroga otorgada por la AFIP para la Declaración de Deducciones de Ganancias 2023

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el plazo hasta el 30 de abril de 2024, inclusive, para que los trabajadores en relación de dependencia presenten a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al año 2023. Esta medida, reflejada en la Resolución General 5494/2024 publicada en el Boletín Oficial este martes, tiene como objetivo principal facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

Según el texto oficial, los beneficiarios de las rentas contempladas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003 podrán realizar la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web mediante el servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR’ correspondiente al período fiscal 2023, hasta la fecha mencionada.

Además, la AFIP ha dispuesto que los agentes de retención llevarán a cabo la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023 hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive. El importe determinado en esta liquidación será retenido o reintegrado en el primer pago posterior a la fecha de liquidación o en los siguientes, si fuera necesario, hasta el 10 de junio de 2024, inclusive.

Esta medida, según la AFIP, tiene como finalidad brindar seguridad jurídica en relación con la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023, considerando las modificaciones que se han producido durante dicho período. Asimismo, se destacó que el Gobierno actual ha presentado un proyecto ante el Honorable Congreso de la Nación para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año 2023.

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